Decreto de Mons. Catalá Ibáñez, Obispo de Málaga, por el que se abre el período de elecciones al IX Consejo Presbiteral.
JESÚS E. CATALÁ IBÁÑEZ
por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica
OBISPO DE MÁLAGA
DECRETO
"Los presbíteros, llamados para servir al Pueblo de Dios, forman, junto con su obispo, un Presbiterio dedicado a diversas ocupaciones" (L.G. 28; P.O. 8). En cada diócesis existe entre el obispo y los presbíteros una comunión jerárquica que los une estrechamente hasta formar una verdadera familia, cuyo padre es el Obispo (Ch.D. 28; Ecclesiae Sanctae 15.16).
Esta unión, entre obispo y sacerdotes, hoy más necesaria que nunca, es la que ha de abrir camino a una común acción pastoral, que alcance a toda la diócesis y a todos los temas y problemas que en ella existan. Para hacer efectiva esta común acción pastoral, el Concilio Vaticano II ha mandado que se constituya, en cada diócesis, "un consejo o senado de sacerdotes, representantes del presbiterio, que puedan ayudar con sus consejos eficazmente al obispo en el régimen de la diócesis" (P.O.7).
En conformidad, pues, con la letra y el espíritu del Concilio, se constituyó en nuestra Diócesis un Consejo Presbiteral, como órgano de colaboración de los sacerdotes con su obispo, en abril de 1968; y, desde entonces, se han ido constituyendo otros hasta hoy.
Teniendo en cuenta que el período para el que fue designado el actual VIII Consejo del Presbiterio, y posteriormente prorrogado, ha expirado,
DISPONGO por el presente que se abra el período de elecciones, durante el mes de marzo de 2009, para nombrar a los presbíteros que compondrán el próximo IX Consejo Presbiteral (cf. C.I.C. c. 499).
Las elecciones se realizarán teniendo en cuenta el "Reglamento del Consejo Presbiteral Diocesano" y el Anexo "Normas para la elección de representantes en el Consejo Presbiteral".
Dado en Málaga, a tres de marzo de dos mil nueve.
+ Jesús Catalá,
Obispo de Málaga
Por mandato del Excmo. y Rvdmo. Sr. Obispo
El Secretario General-Canciller,
Alejandro Pérez Verdugo
